
El Artículo 10:
Para las construcciones de una o dos plantas se deberá presentar un plano para cada planta, con los detalles de los desagües cloacales y pluviales con toda la información esclarecedora del proyecto: Planta de ubicación del proyecto, pantas de los techos, azoteas, terrazas y patios.
Artículo 13:
Los planos de las instalaciones sanitarias deberán realizarse de acuerdo a la Norma Paraguaya del INTN N° 44 para las instalaciones pluviales deberán utilizarse criterios técnicos de otras normas de probada eficiencia; las instalaciones sanitarias y pluviales deberán ir separadas en todos los casos, tal cual se expresa en el artículo 5° de la ley 06/92.
Deberán utilizarse escalas de 1:50 y 1:100, para las plantas sanitarias en cualquiera de los casos, la información que posea los planos deberá ser clara y completa, y no se podrá 1:1, 1:10, 1:20, y 1:25 tamaños. Sea cual fuere el tamaño de los planos, los mismos deberán ser plegados al formato de 18 x 32 cm., de manera que la caratula quede a la vista, siempre al frente 9×18 cm., los planos deberán contar en su extremo inferior izquierdo con una pestaña de 3×32 cm. Para su archivo.