
DE LIBRE ACCESO CIUDADANO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL
Artículo 8º. Regla general. Las fuentes públicas deben mantener actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, las siguientes informaciones:
b) Facultades, deberes, funciones y/o Atribuciones de los órganos y dependecias internas
d) Descripción General del Proceso en la Toma de Decisiones
e) Nómina de los funcionarios permanentes y contratados
f) Descripcion de la politica institucional y los planes de acción
g) Programas Institucionales en ejecución
i) Informe de Viajes Oficiales
j) Convenios y Contratos Celebrados
l) Informes finales de Auditoría
n) Lista de poderes vigentes otorgado a abogados
o) Sistema de mantenimiento, clasificación e índice de los documentos existentes
p) Procedimientos para acceso a documentos que obren en poder de la institución